Por Redacción Guía Libre
Transcripción de texto a voz
Este 9 de enero se cumple poco más de un año de una reforma constitucional que marcó un punto de inflexión en la manera en que México concibe la relación entre el Estado, la sociedad y los animales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2024, la modificación a los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución colocó por primera vez el bienestar animal en el núcleo del marco jurídico nacional.
La reforma representó un giro de fondo: el maltrato animal dejó de ser un asunto meramente administrativo o local para convertirse en una prohibición de rango constitucional. Con ello, el Estado mexicano asumió formalmente la obligación de garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales en todo el territorio nacional.
Uno de los cambios más relevantes se dio en el artículo 4°, donde se estableció de manera expresa que el maltrato a los animales queda prohibido. Este nuevo mandato constitucional sentó las bases para fortalecer la actuación de autoridades, fiscalías y tribunales, al otorgar un respaldo jurídico superior a las leyes y reglamentos existentes en las entidades federativas.
En el ámbito educativo, la reforma impactó directamente al artículo 3°, al incorporar la protección de los animales dentro de los principios que deben guiar los planes y programas de estudio. Con ello, se abrió la puerta a una formación que promueva desde las aulas el respeto por la fauna, la responsabilidad social y una cultura de cuidado que trascienda generaciones.
El artículo 73 también fue modificado para otorgar al Congreso de la Unión facultades explícitas en materia de protección y bienestar animal. Esta atribución permite expedir leyes generales que coordinen la actuación de la Federación, los estados y los municipios, con el objetivo de evitar vacíos legales y criterios dispares en todo el país.
Especialistas y organizaciones coinciden en que la reforma no fue un gesto simbólico. Su verdadero alcance radica en haber elevado el bienestar animal a un principio constitucional, lo que obliga a todas las autoridades a considerar este enfoque en el diseño de políticas públicas, presupuestos y acciones de gobierno.
La reforma también ha servido para subrayar los pendientes. Entre ellos destaca la expedición de la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, ordenada en los artículos transitorios del decreto constitucional, con el propósito de armonizar la legislación nacional.
Dicha ley general está llamada a establecer criterios comunes para prevenir y sancionar el maltrato, regular la crianza, el aprovechamiento y el sacrificio de animales destinados al consumo humano, así como el uso de fauna silvestre en espectáculos con fines de lucro, entre otros aspectos sensibles.
En la práctica, algunos estados del país han avanzado en la actualización de sus marcos legales y en el fortalecimiento de sanciones, mientras que otros mantienen normativas rezagadas. La falta de una ley general ha generado un mosaico desigual de criterios, lo que refuerza la urgencia de cumplir plenamente con el mandato constitucional.
Estos cambios a las leyes también han tenido un impacto en el debate público. El tema del bienestar animal ha ganado presencia en la agenda legislativa, en campañas de concientización y en la discusión social, alejándose progresivamente de la idea de que los animales son simples objetos sin protección jurídica.
Desde la óptica jurídica, el nuevo texto constitucional ofrece una herramienta clave para la defensa de los animales, al permitir que los casos de maltrato sean analizados bajo principios constitucionales y no únicamente como faltas administrativas o delitos menores.
El desafío ahora es traducir ese avance jurídico en acciones concretas, leyes secundarias eficaces y una transformación cultural sostenida que haga realidad el mandato de trato digno y protección para todos los animales en México.


